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lunes, 3 de septiembre de 2007

Sabías que...

Existen tres tipos de IVA que se aplican, en principio, según la necesidad del producto o servicios:
  • General - 16%: Aplicado en la mayoría de las ocasiones. Electrodomésticos, ropa, calzado, tabaco y bebidas alcohólicas entre otros soportan este tipo de IVA.
  • Reducido - 7%: Correspondiente a varios bienes o servicios que se consideran más necesarios como son alimentos (no básicos), cine, teatro, vivienda y servicios de hostelería, funerarios...
  • Superreducido - 4%: Aquí entran los productos y servicios consideraros de primera necesidad: pan, leche, huevos, verduras, frutas, hortalizas y tubérculos. También se incluyen libros, periódicos, medicamentos, viviendas de protección oficial, prótesis etc.
Algunos bienes y servicios están exentos de pagar el IVA por considerarse sumamente necesarios como son los de sanidad, seguros, lotería (¿?) y algunas exenciones.

Destacar la enorme disparidad de criterios de lo que es necesario o no, por ejemplo los preservativos se les aplica el 4% considerado como producto sanitario, mientras que las compresas y tampones no se defininen como tal y se consideran de "lujo", es decir, un 16% de IVA. Algo parecido pasa con los bienes culturales, a los libros se les aplica un 4% mientras que la música, que como siempre no se considera como tal, sufre de un 16%